Actividades de la Sociedad Civil


8 al 10 de septiembre de 2003, Nueva York
56° Conferencia
Anual de Organizaciones no Gubernamentales y la ONU

Sitio Oficial ONU

Sitio Oficial ONGs

VIDEOCONFERENCIA EN LA CIUDAD DE MEXICO (8 de sept, 8:45 hrs.)


4 de junio, 8:30 hrs
Seminario: "Uniendo a las personas con discapacidad, por un México incluyente" (organiza Cooperación y Desarrollo A.C.)

 

 

Organizaciones no gubernamentales
(ONGs)

Las ONG y el Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas: algunas preguntas y respuestas
¿Qué es una ONG?
¿Cómo cooperan las ONG y el DIP?
¿Cuándo inició la relación del DIP con las ONG?
¿Cuál es el criterio de las ONG para asociarse al DIP?
¿Cuál es el procedimiento para que las ONG se asocien al DIP?
¿Tiene el DIP/ONG un mecanismo representativo?
¿Cómo apoya el DIP a las ONG?
Las ONG y su relación con el Consejo Económico y Social
¿Qué es una ONG reconocida como entidad consultiva del Consejo Económico y Social?

Las palabras iniciales de la Carta de las Naciones Unidas son: "Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas". Esta es posiblemente la declaración más clara de que las Naciones Unidas no pertenece solamente a los Estados. Es parte de la herencia común de toda la humanidad. Pertenece a todos. Es de cada uno y de todos nosotros, es una institución única, es un mecanismo que nos une a todos en nuestros esfuerzos para construir un mundo mejor. Es una expresión de fe humana y confianza en el futuro.

"Vivimos en una era en la cual las relaciones internacionales ya no están dominadas por los Estados como actores únicos. Los participantes incluyen a las organizaciones no gubernamentales, a los parlamentos nacionales, a las compañías privadas, a los medios de comunicación, a las universidades, a los intelectuales, a los artistas y a cada mujer y a cada hombre que se considere parte de la gran familia humana".

Kofi Annan, Secretario General
Messina, Italia, abril 1997.

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¿Qué es una ONG?

Una organización no gubernamental (ONG) es cualquier grupo no lucrativo de ciudadanos voluntarios, que está organizada a nivel local, nacional o internacional. Con tareas orientadas y dirigidas por personas con un interés común, las ONG realizan una variedad de servicios y funciones humanitarias, llevan los problemas de los ciudadanos a los Gobiernos, supervisan las políticas y alientan la participación de la comunidad. Proveen de análisis y experiencia, sirven como mecanismos de advertencia temprana y ayudan en la supervisión e implementación de acuerdos internacionales. Algunas están organizadas sobre temas específicos, tales como los derechos humanos, el medio ambiente o la salud. Su relación con las oficinas y las agencias del sistema de las Naciones Unidas difiere dependiendo de sus metas, ubicación y mandato.

Más de 1,500 ONG con sólidos programas de información sobre temas relacionados con las Naciones Unidas están asociadas con el Departamento de Información Pública (DIP), dándole a las Naciones Unidas valiosos vínculos con las personas alrededor del mundo. El DIP ayuda a las ONG a tener acceso y difundir información acerca de la gama de temas en los cuales las Naciones Unidas está involucrada, para facilitarle al público el mejor entendimiento de logros y objetivos de la Organización mundial.

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¿Cómo cooperan las ONG y el DIP?

El Departamento de Información Pública y las ONG cooperan regularmente. Las ONG asociadas al DIP difunden información acerca de la ONU entre sus miembros, aumentando así el conocimiento que sus bases tienen sobre la Organización y el apoyo que éstas brindan a la misma. Esta difusión incluye:

  • Difundir las actividades de la ONU alrededor del mundo sobre temas tales como la paz y la seguridad, el desarrollo económico y social, los derechos humanos, los asuntos humanitarios y el derecho internacional;
  • Promocionar las observancias de la ONU y los años internacionales establecidos por la Asamblea General para enfocar la atención mundial en temas importantes que enfrenta la humanidad.

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¿Cuándo inició la relación del DIP con las ONG?

La importancia de trabajar con y a través de las ONG como parte integral de las actividades de información de las Naciones Unidas se reconoció cuando el Departamento de Información Pública se estableció en 1946. La Asamblea General en su resolución 13 (I) dio instrucciones al DIP y a sus oficinas de:

"... ayudar y fomentar los servicios de información nacionales, las instituciones educativas y otras organizaciones gubernamentales o no gubernamentales, interesadas en la distribución de información sobre las Naciones Unidas. Con éste y otros fines en mente, debe mantenerse un servicio completo de referencias, asignar o proporcionar conferenciantes y debe poner al alcance de estas organizaciones u organismos sus publicaciones, películas informativas, anuncios, carteles y otras exposiciones gráficas".

En 1968 el Consejo Económico y Social a través de la resolución 1297 (XLIV) del 27 de Mayo exhortó al DIP para que asociara a las ONG tomando en cuenta la carta y el espíritu de su resolución 1296 (XLIV) del 23 de Mayo de 1968, la cual establece que una ONG "…deberá comprometerse a dar su apoyo a la labor de las Naciones Unidas y a fomentar la divulgación de sus principios y actividades, de conformidad con sus propias finalidades y propósitos y con la naturaleza y el alcance de su competencia y sus actividades".

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¿Cuál es el criterio de las ONG para asociarse al DIP?

Las organizaciones que se pueden asociar al DIP son las que:

  • Compartan los ideales de la Carta de las Naciones Unidas
  • Operen solamente con bases no lucrativas
  • Tengan un interés demostrado en los temas de las Naciones Unidas y una habilidad probada para alcanzar audiencias grandes o especializadas, tales como educadores, representantes de los medios de comunicación, políticos y a la comunidad de negocios
  • Tengan el compromiso y los medios para conducir programas de información efectivos acerca de las actividades de la ONU a través de la publicación de boletines, comunicados, folletos; organizando conferencias, seminarios, mesas redondas y consiguiendo la cooperación de los medios de comunicación.

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¿Cuál es el procedimiento para que las ONG se asocien al DIP?

Una ONG que cuente con el criterio establecido, debe enviar una carta oficial desde su sede al Director del Departamento de Información Pública de la Sección de ONG, expresando su interés de asociarse al DIP. La carta debe incluir las razones por las cuales la organización solicita dicha asociación y debe describir brevemente sus programas de información. Esta carta debe ir acompañada de por lo menos seis muestras de material de información reciente, producido por la organización interesada. Las cartas de referencia de los departamentos de la ONU, de los programas y agencias especializadas de las Naciones Unidas, y/o de los centros y servicios de información de la ONU (CINU y SINU), aumentarán considerablemente la consideración de la aplicación.

La correspondencia debe ser enviada a:

Chief, NGO Section
Department of Public Information
Room S-1070L
United Nations, New York, NY
10017
Tel:(212)963-6842
Fax:(212) 9 63-6914/2819

Una vez que el proceso de aplicación haya terminado, el Comité del DIP Encargado de las Organizaciones no Gubernamentales revisará las solicitudes en sus sesiones programadas. Los aspirantes serán notificados inmediatamente de los resultados de las deliberaciones del Comité. Las ONG asociadas serán posteriormente invitadas a designar a su representante principal y a sus suplentes ante el Departamento de Información Pública.

NOTA: La asociación de las ONG al DIP no constituye su incorporación al sistema de Naciones Unidas, ni da derecho a las organizaciones asociadas o a su personal a ningún tipo de privilegios, inmunidad o condición especial.

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¿Tiene el DIP/ONG un mecanismo representativo?

Sí. La comunidad del DIP/ONG elige a un Comité Ejecutivo que consta de 18 miembros para que actúen con capacidad consultiva y de enlace, como canal de información y para representar los intereses de las ONG asociadas al DIP. Este Comité está constituido por ONG de diferentes partes del mundo cuyos representantes en Nueva York son electos por periodos de dos años. El Comité Ejecutivo colabora con la Sección del DIP/ONG en eventos, programas e iniciativas de interés mutuo, incluyendo la organización de la Conferencia Anual del DIP/ONG.

El Comité Ejecutivo del DIP/ONG no es parte del Departamento de Información Pública. La relación de las ONG con el DIP es independiente de su relación con el Comité Ejecutivo. Se insta a las ONG asociadas con el DIP a mantener un contacto regular con la Sección del DIP/ONG.

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¿Cómo apoya el DIP a las ONG?

La Sección del DIP/ONG en la Sede de las Naciones Unidas brinda ciertos servicios a sus organizaciones asociadas por ejemplo, la Sección:

  • Organiza y coordina, en colaboración con el Comité Ejecutivo del DIP/ONG, la Conferencia Anual del DIP para las Organizaciones No Gubernamentales. Este foro internacional reúne a altos funcionarios del sistema de la ONU, a destacadas ONG internacionales, a académicos, a los líderes de opinión pública y a los medios de información internacionales para discutir temas de preocupación mundial
  • Organiza reuniones informativas semanales para la comunidad de ONG en la ONU sobre la gama de asuntos internacionales. Los ponentes en estas reuniones son altos funcionarios del sistema de las Naciones Unidas, delegados de Estados Miembros y ONG experimentadas en el tema tratado en la reunión
  • Proporciona a un representante principal y a uno alterno de las ONG, permisos de acceso a reuniones abiertas de los cuerpos de la ONU; a los archivos de fotografías, películas y audio del DIP; a la Biblioteca Dag Hammarskjold y, como observadores, a las reuniones de unos 22 comités de ONG organizadas por la Conferencia sobre ONG reconocidas como entidades consultivas por el ECOSOC (CONGO)
  • Coordina programas de información de forma conjunta con el DIP/ONG
  • Conduce un curso anual de orientación para los representantes de ONG de nueva acreditación
  • Publica el Directorio Anual del DIP/ONG, el cual enlista alfabéticamente a todas las ONG asociadas, por región y por tema de especialización
  • Mantiene el Centro de Referencia de las ONG, el cual ofrece:
    • Acceso a los documentos actuales de la ONU y a los comunicados de prensa
    • Envíos regulares de materiales de información de la ONU a las sedes de todas las ONG asociadas
    • Una videoteca con una colección extensa de videos de la ONU, para su préstamo y
    • Una selección de publicaciones del sistema de Naciones Unidas actualizada continuamente.

Para mayor información comunicarse al DPI/NGO Resource Centre:

Room L-1B-31
United Nations, New York, NY
10017
Tel.: (212) 963-7233
Fax: (212) 963-2819

Una excelente fuente de información sobre las actividades del DIP/ONG es la dirección en Internet de la sede de la ONU.

Además de la colaboración con el DIP en la Sede, se alienta a la comunidad de ONG a mantener contacto regular y cercano con los centros de información de las Naciones Unidas (CINU) y con los servicios de información de las Naciones Unidas (SINU) en todo el mundo para que tengan acceso a la información de las Naciones Unidas y organicen proyectos de manera conjunta.

¿Cuáles son las responsabilidades de las ONG asociadas al DIP?
Desde la fundación de las Naciones Unidas en San Francisco, las ONG han hecho valiosas contribuciones a la comunidad internacional, atrayendo la atención hacia los problemas, sugiriendo ideas y programas, difundiendo información y movilizando a la opinión pública en apoyo a las Naciones Unidas y a sus agencias especializadas. La sociedad con el DIP constituye un compromiso para este efecto. Se espera que las ONG asociadas dediquen una parte de sus programas de información para promover el conocimiento sobre los principios y actividades de las Naciones Unidas. Además, deben mantener informada a la Sección del DIP/ONG sobre sus actividades, entregando regularmente muestras de sus materiales de información relacionados con el trabajo de las Naciones Unidas. Estas también están disponibles para su lectura en el Centro de Referencia DIP/ONG.

Reconociendo a las organizaciones no gubernamentales como actores importantes en el ámbito internacional, al entrar al siglo veintiuno, el Secretario General, Kofi Annan comentó, "…debemos forjar una alianza fundamentalmente nueva con la sociedad civil. Debemos esforzarnos por alcanzar una nueva síntesis entre la iniciativa privada y el bienestar público, que fomente la empresa y los enfoques de mercado junto con la responsabilidad social y ambiental"

Mensaje de la Conferencia Sur-Sur, en San José, Costa Rica, en enero de 1997

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Las ONG y su relación con el Consejo Económico y Social

¿Qué es una ONG reconocida como entidad consultiva del Consejo Económico y Social?

Muchas ONG activas en el campo del desarrollo económico y social han sido reconocidas como entidades consultivas del Consejo Económico y Social.

El artículo 71 de la Carta estipula que "El Consejo Económico y Social podrá hacer arreglos adecuados para celebrar consultas con organizaciones no gubernamentales que se ocupen en asuntos de la competencia del Consejo". Dichos arreglos están regidos por la resolución 1296 (XLIV) del 23 de mayo de 1968 de ECOSOC, la cual toma medidas para que las ONG sean reconocidas como entidades consultivas con ECOSOC y para que sostengan consultas con su secretaria.

Recientemente, después de tres años de negociaciones, ECOSOC revisó sus medidas de consulta con las ONG en julio de 1996. Un primer resultado fue la resolución 1996/31 de ECOSOC, la cual enmendó las medidas para las consultas de las ONG con ECOSOC. Esta estandarizó las medidas de acreditación de las ONG para las conferencias de la ONU, modernizó el proceso de aplicación para entidades consultivas con ECOSOC y decidió que las ONG nacionales podrían ser elegidas para aplicar. Se le otorga el nombre de "entidades de carácter consultivo general" a las ONG internacionales que trabajan en casi todos los puntos de la agenda de ECOSOC; el de "entidades de carácter consultivo especial" es otorgado a las ONG que tienen competencia en algunas áreas de la agenda de ECOSOC y el de "lista" es otorgado a las ONG que ECOSOC considera pueden hacer contribuciones útiles ocasionales a su trabajo.

Un segundo resultado de la revisión de ECOSOC en julio de 1996 fue la decisión 1996/297, que recomienda que la Asamblea General examine, en su quincuagésima primera sesión, el tema de la participación de las ONG en todas las áreas del trabajo de la ONU, en vista de la experiencia obtenida a través de las medidas consultivas entre las ONG y ECOSOC. Posteriormente en el Grupo de Trabajo de la Asamblea General que evaluaba el fortalecimiento del sistema de la ONU se formó un subgrupo de ONG. Este subgrupo, que trabaja en forma continua, está examinando lo concerniente al acceso de las ONG, en particular lo que se refiere a la Asamblea General.

ECOSOC decide reconocer como entidades consultivas a las ONG basándose en las recomendaciones del Comité Intergubernamental sobre Organizaciones No Gubernamentales. Este Comité se compone de 19 Estados Miembros y se reúne anualmente. Para mayor información, comunicarse a:

Non-Governmental Organizations Unit
Division for Policy Coordination and ECOSOC Affairs,
DPCSD
Room DCI-1070
United Nations
New York, NY 10017

La Conferencia sobre Organizaciones No Gubernamentales reconocidas como entidades consultivas por el Consejo Económico y Social (CONGO, por sus siglas en inglés), sirve como una voz representativa de las ONG reconocidas como entidades consultivas por ECOSOC. Sus objetivos son asegurar que las ONG disfruten de todas las oportunidades y de los medios apropiados para realizar sus funciones consultivas, proporcionar un foro para el proceso consultivo y convocar a reuniones de las organizaciones miembros para intercambiar puntos de vista sobre temas de interés común.

Las ONG reconocidas como entidades consultivas con ECOSOC, que cuenten con programas importantes de información pública pueden asociarse al DIP a través de una solicitud escrita a la Sección del DIP/ONG.

Como conseguir estatus consultivo con ECOSOC

1.Primero una carta de intención:

Para iniciar el proceso de aplicación para estatus consultivo, la organización debe enviar una carta de intención a la sección de ONG's del Department of Economic and Social Affairs, tambien llamado el Secratariado. La carta debe estar a la cabeza del comunicado y debe ser firmada por su secretario-general o presidente.

La carta es muy importante! Por favor enviar a:


DESA NGO Section
One UN Plaza. Room DC1-1480
New York, NY 10017
tel: (1-212) 963-8652
fax: (1-212) 963-9248
desangosection@un.org

 

2. Aplicación: Cuestionario + Resumen + Documentos de apoyo:

Una vez que la Sección ONG reciba la carta de intencion, enviara a la organización el paquete de aplicación, este contiene el cuestionario y todos los materiales necesarios. La aplicación y el cuestionario son llenados por la ONG que esta aplicando para estatus consultivo. Las preguntas que respectan al correcto llenado de la aplicación y el cuestionario deberan estar dirigidas a la Sección ONG. Las formas de aplicación tambien se encuentran listas para ser bajadas de internet en la seccion de documentos de la pagina de ECOSOC.

Las aplicaciones solo seran aceptadas en uno de los dos idiomas oficiales del Secretariado de NU: Inglés o Francés.

Las aplicaciones completadas deberan ser recibidas antes del primer dia de Junio de cada año antes de que la ONG quiera ser considerada para recomendacion por el Comité. Por ejemplo, aplicaciones completadas ( que incluyen un cuestionario completado y toda la documentación) recibidas por la Sección ONG antes del primero de junio de 2008, seran llevadas ante el Comité de ONG's en el año 2009. Las aplicaciones recibidas entre el primero de junio 2008 y primero de junio 2009 seran llevadas ante el comité en el año 2010.

3. Análisis de aplicaciones por parte de la Sección ONG.

El período entre el primero de junio y la fecha en la que el Comité se reune, es dedicada por la Sección ONG para revisar las aplicaciones. Durante este tiempo la ONG puede ser contactada para pedirle mas información o clarificación sobre algún tema. Solo después de ser analizada por un oficial y considerada completa, la aplicación es llevada ante el Comité de ONG's.

Cuando una aplicación se convierte en parte de la agenda del Comité de ONG's una carta es enviada a la ONG informándoles de la sesión próxima e invitándoles a enviar no mas de dos representantes para que estén presentes durante la sesión. La presencia de un representante(s) de la ONG no es obligatoria y no implica ninguna ventaja. Las ONG's simplemente tienen el derecho a estar presentes cuando sus aplicaciones están siendo consideradas. Tomando en cuenta el costo de viajar a Nueva York, muchas de las ONG's no se presentan en esta primera sesión, pero si salen preguntas de los países miembro y la aplicación es llevada a otra sesión las ONG's deben consideran presentarse a esta segunda sesión para responder en persona y evitar ser llevados a una tercera sesión.

Entre otros requerimientos para obtener estatus consultivo están los siguientes:

  • Las actividades de la organización que está aplicando deben ser relevantes con el trabajo de ECOSOC.
  • La ONG debe estar oficialmente registrada como tal por un plazo mínimo de dos años para poder aplicar.
  • la ONG debe tener un mecanísmo democrático para tomar decisiones.
  • La mayor parte de los fondos de la organización deben ser derivados de contribuciones por parte de afiliados nacionales, miembros individuales, y otros componentes no gubernamentales.

4. El Comité de Organizaciones No-Gubernamentales.

El Comité se reune dos veces al año para decidir que ONG's de las aplicantes para estatus consultivo recomendarán al Consejo de ECOSOC. En cualquier momento, el comité puede hacer preguntas a la ONG. Estas preguntas son enviadas por fax inmediatamente y deben ser contestadas por la ONG lo antes posible, ayudando así al Comité a tomar una decisión y evitar ser enviada a sesiones futuras.

Los principales objetivos del Comité son:

  • La consideración de aplicaciones para estatus consultivo y solicitudes para reclasificación enviadas por las ONG's.
  • La consideración de los reportes enviados por las ONG's cada cuatro años en las categorias de General y Especial.
  • La implementación de las provisiones de la resolución 1996/31 del Consejo así como el monitoreo de relaciones consultivas.
  • Cualquier otra situacion que ECOSOC pida que el Comité considere.

5. El Comité unicamente recomienda:

Las recomendaciones del Comité son publicadas en un reporte y llevadas ante la siguiente junta de ECOSOC para aprobación final. La notificacion oficial es enviada a todas las ONG's que fueron revisadas, informandoles asi de la recomendación del Comité.

El Comité puede recomendar una categoria diferente a la solicitada por la ONG. Tambien, el Comité puede decidir llevar la aplicación a la próxima reunión para su discusión, esperando la clarificación y respuesta a las preguntas hechas a la ONG.

6. Decision final de ECOSOC:

Cuando el Concejo finalmente apruebe la recomendación del Comité para dar estatus consultivo a una ONG, la notificación oficial es enviada por el Secretariado. Las ONG's a quienes se da estatus consultivo General o Especial, deberán, cada cuatro años, entregar un breve reporte de sus actividades, en particular de aquellas actividades que representen una contribución al trabajo de las Naciones Unidas.

 

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11/04/08